REGISTRO RETRIBUTIVO, PROTOCOLO DE ACOSO Y REGISTRO HORARIO

Herramienta de Autogestión

Disponemos de una aplicación WEB Orientada a pequeñas empresas y autónomos con plantilla laboral.

GENERA LA DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA

La herramienta facilita al usuario la identificación de las posibles desigualdades retributivas en los diferentes puestos, e irregularidades en el registro horario, generando la documentación obligatoria acorde con su actividad.

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  • Registro Retributivo

El Real Decreto 902/2020 sobre igualdad retributiva integra la transparencia salarial en las empresas y en los convenios además de garantizar un elemento clave: el derecho a la información retributiva, lo que facilita conocer la situación real de las empresas en cuanto a retribuciones, la existencia de diferencias retributivas y los motivos de las mis-mas, pudiéndose así proponer medidas acordes con la situación a corregir.

Para alcanzar estos objetivos, este reglamento articula el funcionamiento del registro salarial, así como de las auditorías salariales, obligatorias en aquellas empresas que tengan plan de igualdad.

¿Qué finalidad tiene el Real Decreto 902/2020?

La finalidad de este Real Decreto es establecer medidas específicas en cada empresa para hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación entre mujeres y hombres en materia retributiva. Para ello se procederá a desarrollar los mecanismos para identificar y corregir la discriminación existente y luchar contra la misma, promoviendo las condiciones que sean necesarias.

¿Qué empresas están obligadas a realizar un registro retributivo?

Todas las empresas deben tener un registro retributivo del total de su plantilla, incluyendo al personal directivo y a los altos cargos.

¿Qué periodo de referencia tiene el registro?

El periodo de este registro se fija en un año natural.

¿Quién puede tener acceso al registro?

En las empresas con representación legal de las personas trabajadoras, el acceso al registro se facilitará a dicha representación, que tendrá derecho a conocer el contenido íntegro del mismo.

En las empresas sin representación legal de las personas trabajadoras la información que se facilitará se basará en las diferencias porcentuales existentes en las retribuciones promediadas entre mujeres y hombres; esta información estará desagregada en base a la naturaleza de la retribución y al sistema de clasificación aplicable.

Protocolo Acoso

¿Es obligatorio que las empresas dispongan de un protocolo de actuación contra el acoso laboral?

Sí, tener un protocolo de acoso laboral es una obligación para todas las empresas, independientemente del tamaño de su plantilla

Las empresas que no cumplan con la obligación de contar con un Protocolo para el acoso laboral

  • Multas de 7.501 a 30.000 euros para infracciones leves.
  • Multas de 30.001 a 120.005 euros para infracciones graves.
  • Multas de 120.006 a 225.018 euros para infracciones muy graves.

Registro Horario

El registro obligatorio del horario de los trabajadores ha llegado. El pasado 12 de mayo entró en vigor la obligación de las empresas de garantizar el registro diario de la jornada de trabajo de sus trabajadores, que debe incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada realizada por cada trabajador.

A partir del 15 de mayo, por tanto, la Inspección de Trabajo empezará a comprobar a las empresas, que se enfrentan a sanciones graves que pueden verse duplicadas si su incumplimiento es reiterado.

Además del coste técnico que implica la implementación de esta nueva exigencia, la medida puede suponer un gasto millonario para las empresas ante la catarata de reclamaciones por horas extra que pueden presentar los trabajadores y las liquidaciones de estas horas, por las que se debe cotizar, y sanciones de la Seguridad Social por los últimos cuatro años no prescritos.

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